Inmigración (4)

ALIVIO MIGRATORIO

¿QUÉ ES EL ALIVIO MIGRATORIO? ¿A QUIEN NO PUEDEN DEPORTAR?

El Presidente Barack Obama anunció el 20 de Noviembre de 2014 una serie de acciones ejecutivas que beneficiarán a los extranjeros sin permiso legal de estadía en EE.UU., les concede protección en las políticas de deportación del país; y flexibiliza el uso de algunos tipos de visa para profesionales especializados y víctimas de delitos.

En el sitio oficial del Departamento de Seguridad Nacional de los EE.UU. (www.uscis.gov/es/noticias) hay una nota que dice: “Actualización: Debido a una orden del Tribunal Federal, USCIS no comenzará a aceptar peticiones para la ampliación de DACA el 18 de Febrero, según planificado originalmente. El requerimiento temporal del tribunal, emitido el 16 de Febrero, no afecta el programa de DACA existente. Las personas podrán continuar adelante y pedir una otorgación inicial según los criterios establecidos en el 2012...”

Por favor verificar con frecuencia la página para actualizaciones.

¿Cómo prepararse?

Las personas que entienden que podrían ser elegibles a una o más de las iniciativas deben recopilar la documentación que demuestre su identidad, su relación con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal de Estados Unidos y su domicilio  continúo en el país durante los últimos cinco años o más.

¡ ALERTA ¡

Los republicanos del “Tea Party”, como el pre-candidato presidencial Ted Cruz, pretenden deportaciones masivas, a pesar de que el Gobierno Federal ha concedido, a ciertas personas, amparos migratorios para protegerlos.

CONOZCA SU SITUACION ANTE UNA DEPORTACION

En las nuevas prioridades de deportación, son consideradas de Alta Prioridad:

  • Las personas que cruzan la frontera actualmente o la han cruzado después del Primero de Enero de 2014.
  • Los convictos de delitos graves o tres delitos menores.
  • Quienes tienen una orden de deportación final emitida después del Primero de Enero de 2014.

Se consideran personas de Baja Prioridad para una deportación a:

  • Las personas que han entrado al país o vuelto a entrar después de una deportación y pueden probar que lo hicieron antes del Primero de Enero de 2014.
  • Quienes no califiquen para recibir los beneficios del programa DACA por haber entrado después del Primero de Enero de 2010, pero pueden probar que están aquí desde antes del Primero de Enero de 2014.

OTRAS NOTICIAS QUE USTED DEBE CONOCER

Según la página en español de USCIS, “DHS Amplia Elegibilidad para Autorización de Empleo a ciertos cónyuges H-4 Dependientes de un No Inmigrante H-1B que interesan obtener Residencia Permanente a Base de Empleo”. (Información del 24 de Febrero de 2015).

“USCIS Aceptará Peticiones H-1B para el año fiscal 2016 a partir del Primero de Abril de 2015”. (Información del 12 de Marzo de 2015).

Comentario: 

La VISA H-1B o de Profesional o de Conocimientos Especializados, permite que una empresa en EE.UU. pueda patrocinar como empleador a un extranjero que tenga un título profesional y llegue a trabajar en un puesto que requiera su conocimiento. Si el beneficiario no tiene un título profesional, la ley de inmigración permite, en algunos casos, que un año de estudios pueda ser reemplazado por dos años de trabajo o experiencia en un campo especializado. Esta Visa le permite al beneficiario que a su cónyuge se le conceda una VISA H-4, a quien antes de la Orden Ejecutiva del Presidente Obama, no se le permitía trabajar en EE.UU.

(Por favor, infórmese  en español, en el sitio web oficial del Departamento de Seguridad Nacional)

¿Cómo cambiará la situación de los indocumentados?

  • Elegibles para alguno de los programas de acción diferida: habrá un estatus legal acompañado de un permiso de trabajo que les dará tranquilidad para vivir y trabajar en Estados Unidos sin amenaza de deportación.
  • Para quienes llegaron al país antes del 1 de enero de 2014 aunque se queden fuera de la medida, existe la relativa tranquilidad de que serán una prioridad baja para deportación, aunque tengan deportación previa o hayan entrado después de una deportación. No garantiza estadía pero disminuye el riesgo de deportación.
  • El mayor riesgo de deportación se concentrará en las personas que están tratando de entrar ilegalmente al país y que entraron después del 1 de enero de 2014 o reciben una orden de deportación después de esa fecha. En ellos se concentrarán los mayores esfuerzos de deportación.
  • Las órdenes también disminuyen la posibilidad de criminalización del indocumentado tan solo por serlo, dejando fuera de las prioridades los delitos migratorios.
  • Incluso los que entren al país después de una deportación, pero no tengan otros delitos tendrán un nivel bajo de prioridad para los agentes migratorios.

Reforma al sistema de reunificación familiar

Aunque es una modificación práctica y no legislativa, las órdenes harían posible que millones de personas que podrían legalizarse por un familiar ciudadano o residente puedan recibir un perdón por su situación irregular que les permita ponerse en la línea para la tarjeta verde (eventualmente).

Este sería un resultado más permanente que podría afectar a un número no determinado aún de gente.

Los beneficiados con DACA y Acción Diferida para Padres (DAPA) podrán viajar fuera del país y regresar sin tener problemas para un futuro ajuste de estatus.

El futuro de la reforma migratoria

  • Las modificaciones constituyen una garantía mínima a derechos fundamentales de las personas dentro del sistema migratorio, y aunque La Orden Ejecutiva de Obama son facultades Constitucionales, pueden ser modificadas por otro presidente en el futuro.
  • El Congreso actual tiene la opción de realizar una reforma más amplia, lo cual no parece probable, a pesar que desde años atrás ya en el Senado  se había aprobado una reforma integral al sistema migratorio estadounidense.
  • Expertos políticos han indicado que mientras más personas sean beneficiadas y más se conozcan sus historias, más difícil será que un futuro presidente quiera ser conocido como el mandatario que le quitó el permiso de trabajo a millones de familiares de ciudadanos, con poder de voto.

¿Cuándo comenzarán a implementarse las medidas ejecutivas incluidas en el plan de Obama?

  • Las órdenes del presidente entrarán en vigencia en los próximos meses de manera escalonada.
  • Es importante notar que aún no hay procesos ni formularios establecidos y que la implementación de estos programas tardará algún tiempo.
  • Durante los próximos meses, USCIS generará explicaciones detalladas, instrucciones, reglamentaciones y formularios, a medida que sean necesarios.
  • A partir del 5 de enero de 2015 cambiarán las prioridades de deportación y entrarán en vigencia las nuevas directivas al respecto.
  • La expansión de DACA para incluir a unas 290 mil personas adicionales comenzará dentro de tres meses (en febrero, posiblemente), aunque las personas que están en proceso actualmente ya recibirán permisos de tres años en vez de dos, como hasta ahora.
  • El nuevo DACA o DAPA para padres de residentes y ciudadanos, que beneficia a unos 3.7 millones de personas, comenzará dentro de unos seis meses o alrededor de marzo-abril del próximo año.

BENEFICIADOS

Se estima que en EEUU hay más de 11 millones de inmigrantes indocumentados, pero no todos califican para solicitar la Acción Diferida

¿Quiénes se benefician?

  • Personas que tienen Acción Diferida (DACA) actualmente y nuevos solicitantes, incluyendo aquellas personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, que cumplen todos los demás requisitos de DACA.
  • Personas jóvenes que llegaron a este país antes de cumplir los 16 años de edad y que han estado físicamente presentes en el país desde el 1 de enero de 2010.
  • Padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales que han estado en el país desde el 1 de enero de 2010 si su hijo o hija nació antes del 20 de noviembre de 2014 y que no sean prioridad en la lista de deportaciones (Nota: se considerará caso por caso).

A través del programa de visas:

  • Prioridad a empresas estadounidenses, inversionistas, investigadores e inventores extranjeros y trabajadores cualificados.
  • Personas sin documentación legal que han residido en EEUU durante al menos 180 días y que son hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses.
  • Cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.

Nota: Actualmente se le permite a los cónyuges e hijos(as) menores de edad de ciudadanos estadounidenses obtener una exención provisional solo si una visa está disponible.

¿Quiénes quedan excluidos?

  • Padres indocumentados que no tienen hijos con residencia legal permanente o que sean ciudadanos de EEUU.
  • Padres indocumentados que tienen hijos estadounidenses o residentes legales, pero que han vivido menos de cinco años continuos en EEUU.
  • Personas convictas por delitos graves o con varios delitos menores.
  • Personas que permanecen en los centros de detención” de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (ICE).
  • Niños y jóvenes que cruzaron recientemente la frontera de manera ilegal sin compañía de un adulto, la gran mayoría de ellos centroamericanos.
  • Personas con un caso de deportación pendiente.
  • Personas de la comunidad gay (LTGB) que no tienen hijos ciudadanos ni residentes legales permanentes.

Cambios en deportaciones y control fronterizo

La orden del presidente afectará significativamente quiénes son las personas que serán deportadas o al menos serán prioridad de deportación para las autoridades. Aunque algunas de estas prioridades ya se aplicaban, eran mucho más amplias que las nuevas, anunciadas esta semana.

  • Se ordena a agentes tomar decisiones individuales para ahorrar recursos (discreción procesal).
  • Mayor claridad por escrito del Secretario de Seguridad Nacional (DHS) a todas las agencias: ICE, Patrulla Fronteriza, USCIS en cómo aplicar su discreción para usar los recursos adecuadamente, lo antes posible en el proceso y evitar detener a personas de baja prioridad.
  • Los agentes deben tomar en cuenta factores específicos a favor del individuo como tiempo desde que cometió el delito, servicio militar, lazos familiares y comunitarios, factores humanitarios, e incluso un familiar severamente enfermo, entre otras cosas.
  • Se elimina el controversial programa SCOMM (Comunidades Seguras) que causó la deportación de tantas personas detenidas por policías locales y que luego pasaron a manos de las autoridades migratorias.
  • Ya no habrá “detainers” (órdenes de detención) para detener a una persona por más tiempo del que le tome servir un delito en una cárcel estatal. Se establece un sistema de notificación de que un extranjero potencialmente deportable va a ser liberado tras cumplir su condena. Se concentrará en convictos de delitos y no solo arrestados.

Las nuevas prioridades de deportación:

Alta prioridad

  • Las personas que cruzan la frontera actualmente o la han cruzado después del 1 de enero de 2014.
  • Los convictos de delitos graves o tres delitos menores.
  • Quienes tienen una orden de deportación final emitida después del 1 de enero de 2014.

Baja prioridad

  • Las personas que han entrado al país o vuelto a entrar después de una deportación y pueden probar que lo hicieron antes del 1 de enero de 2014.
  • Quienes no califiquen para recibir los beneficios del programa DACA por haber entrado después del 1 de enero de 2010, pero puedan probar que están aquí desde antes del 1 de enero de 2014.

QUIEN, QUÉ, CUÁNDO Y CÓMO
DACA: Acción diferida para dreamers

Programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)

  • Quién: Personas que tienen DACA actualmente y quieren renovarla y nuevos solicitantes, incluyendo aquellas personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, que cumplen todos los demás criterios de DACA.
  • Qué: Permite a las personas nacidas antes del 15 de junio de 1981, solicitar DACA (eliminando la restricción de edad máxima), siempre y cuando cumplan con todos los demás criterios.

Requiere residencia continua en EEUU desde el 1 de enero de 2010, a diferencia del requisito anterior que era al 15 de junio de 2007.

Amplía el periodo de acción diferida y autorización de empleo a tres años, a diferencia del periodo actual de dos años.

  • Cuándo: Aproximadamente 90 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre de 2014.
  • Cómo: Vaya a la página de Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) de USCIS para instrucciones que serán actualizadas.www.uscis.gov/es/acciondiferida.

DAPA: Acción diferida para padres

Acción Diferida para padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales (“Deferred Action for Parental Accountability”)

  • Quién: Persona sin documentación legal que vive en los Estados Unidos que es padre de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal y que cumple con todos los criterios enumerados a continuación.
  • Qué: Permite a los padres solicitar acción diferida y autorización de empleo si han residido continuamente en EEUU desde el 1 de enero de 2010; son padres de un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal que nació en o antes del 20 de noviembre de 2014; y no son una prioridad de control migratorio (deportación).
  • Cuándo: Aproximadamente 180 días a partir del 20 de noviembre de 2014.
  • Cómo: Suscríbase a www.uscis.gov para recibir actualizaciones a través de mensajes de correo electrónico.

Exenciones Provisionales por Presencia Ilegal

Quién: Personas sin documentación legal que han residido en EEUU durante al menos 180 días y que son: Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses; cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.

Qué: Amplía el programa de exención provisional por presencia ilegal anunciado en el año 2013 al permitir que los cónyuges, hijos e hijas de residentes permanentes legales e hijos de ciudadanos estadounidenses obtengan una exención si una visa está disponible. Habrá ocasiones en las que el familiar que cualifique no es el peticionario.

Clarifica el significado del estándar de “dificultad extrema” que debe ser cumplido para obtener la exención.

Cuándo: Al emitir nuevas guías y reglamentaciones.

Cómo: Suscríbase a esta página: www.uscis.gov, para recibir actualizaciones a través de mensajes de correo electrónico.

Exenciones Provisionales por Presencia Ilegal

Quién: Personas sin documentación legal que han residido en EEUU durante al menos 180 días y que son: Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses; cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.

Qué: Amplía el programa de exención provisional por presencia ilegal anunciado en el año 2013 al permitir que los cónyuges, hijos e hijas de residentes permanentes legales e hijos de ciudadanos estadounidenses obtengan una exención si una visa está disponible. Habrá ocasiones en las que el familiar que cualifique no es el peticionario.

Clarifica el significado del estándar de “dificultad extrema” que debe ser cumplido para obtener la exención.

Cuándo: Al emitir nuevas guías y reglamentaciones.

Cómo: Suscríbase a esta página: www.uscis.gov, para recibir actualizaciones a través de mensajes de correo electrónico.

Programas para trabajadores cualificados e inversionistas

Se busca modernizar, mejorar y clarificar los programas de inmigrantes y no inmigrantes para lograr crecimiento en la economía y crear empleos

Quién: Empresas estadounidenses, inversionistas, investigadores e inventores extranjeros y trabajadores extranjeros cualificados.

Qué: USCIS Trabajará en conjunto con el Departamento de Estado para desarrollar una metodología para adjudicar las visas de inmigrante para asegurar que todas las visas de inmigrantes autorizadas por el Congreso sean expedidas a personas elegibles cuando haya suficiente demanda para tales visas.

Cuándo: Al emitir nuevas guías y regulaciones.

Cómo: Suscríbase a www.uscis.gov para recibir actualizaciones a través de mensajes de correo electrónico.

Promoción del proceso de naturalización

Quién: Residentes permanentes legales elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense.

Qué: Promover la educación sobre ciudadanía y concienciación pública para resientes permanentes legales.

Permitir a los solicitantes de naturalización utilizar tarjetas de crédito para pagar las tarifas de presentación de solicitudes. Evaluar la posibilidad de exenciones de tarifas parciales durante el próximo estudio bienal de tarifas.

Cuándo: Durante el año 2015.

Cómo: Suscríbase a www.uscis.gov para recibir actualizaciones a través de mensajes de correo electrónico.

RESPUESTAS A LAS DUDAS MÁS COMUNES

Estas son respuestas a algunas de sus preguntas sobre el plan de Obama.

¿Cuándo comenzará la Oficina de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS) a aceptar solicitudes relacionadas con estas iniciativas ejecutivas?

Importante: USCIS aún no está aceptando solicitudes en estos momentos.

Se espera comenzará a aceptar solicitudes para la expansión de DACA aproximadamente 90 días después del 20 de noviembre de 2014. Para la acción diferida para padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales aproximadamente 180 días a partir del 20 de noviembre de 2014.Los demás programas serán implementados una vez que se emitan los nuevos criterios y reglamentaciones para las acciones ejecutivas.

¿Dónde obtener información oficial?

La página web de USCIS es el único sitio donde está la información oficial y estará siendo actualizada durante los próximos meses.

¿Cuántas personas espera USCIS que soliciten?

Los estimados preliminares muestran que aproximadamente 4.9 millones de personas serían elegibles.

¿Solo hay que cumplir con los requisitos para recibir la protección temporal?

USCIS tomará las decisiones sobre las solicitudes revisando caso por caso, pero exhorta a tantas personas como sea posible a considerar estas nuevas iniciativas.

¿Habrá fecha límite para las solicitudes?

Las iniciativas no incluyen fechas límite. Sin embargo, USCIS exhorta a todas las personas elegibles que revisen cuidadosamente cada iniciativa y, una vez la iniciativa esté disponible, tomen una decisión tan pronto sea posible sobre si presentarán su solicitud.

¿Cuánto tiempo tendrán que esperar los solicitantes para obtener una decisión sobre su solicitud?

La meta es completar todas las solicitudes recibidas hasta el final del año próximo antes de que finalice el 2016.

USCIS proporcionará a cada solicitante una notificación de recibo de su solicitud en los 60 días posteriores a la presentación de la solicitud.

¿Cómo identificará USCIS a las personas que solicitan la acción diferida que tienen antecedentes criminales o podrían ser una amenaza a la seguridad pública o riesgo para la seguridad nacional?

Los solicitantes tendrán que someterse a minuciosas verificaciones de antecedentes, incluyendo pero sin limitarse a toma de huellas dactilares completas (10 huellas), verificaciones de su nombre original y otros nombres que haya utilizado, comparados con las bases de datos mantenidas por DHS y otras agencias del gobierno federal.

Los solicitantes tienen que aprobar todas las verificaciones de antecedentes requeridas para que su solicitud sea considerada por USCIS.

¿Qué sucede si el caso de alguien es denegado o no aprueba la verificación de antecedentes

Las personas que a sabiendas hagan una falsa representación, o a sabiendas omitan información para obtener acción diferida o autorización de empleo a través de este proceso, no recibirán consideración favorable para la acción diferida.

USCIS aplicará su política actual que rige el referido de casos individuales al Servicio de Inmigración y Control Migratorio (ICE) y la emisión de Notificaciones de comparecencia ante un juez de inmigración. Si se considera que la persona es una amenaza para la seguridad pública o la seguridad nacional se denegará la petición y referirá el asunto para investigación criminal y posible deportación.

Si actualmente tengo DACA, ¿tendré que hacer algo para obtener el tercer año de acción diferida y autorización de empleo según lo dispuesto por las iniciativas ejecutivas?

El nuevo plazo de tres años de autorización de empleo será aplicado a las solicitudes que están en trámite actualmente y a aquellas recibidas luego del anuncio del presidente. Las autorizaciones de empleo ya expedidas por un periodo de dos años bajo los criterios actuales continuarán siendo válidas durante el periodo de validez indicado en la tarjeta.

USCIS explorará alternativas para extender las renovaciones de las autorizaciones de empleo de dos años expedidas previamente para el nuevo periodo de tres años.

¿Se usará la información que comparto en mi petición de Consideración de Acción Diferida para propósitos de control migratorio?

La información está protegida a menos que usted cumpla los criterios para que se le emita una notificación de comparecencia o referido a ICE bajo los criterios establecidos en las guías de notificación de comparecencia de USCIS.

A quienes se le concede acción diferida no serán referidos a ICE. Sin embargo, la información podría ser compartida con las agencias de seguridad nacional y el orden público, incluidas ICE y CBP, para otros propósitos que no sean deportación, incluyendo:

  • Asistir en la petición de Consideración de Acción Diferida
  • Identificar o prevenir reclamos fraudulentos
  • Para propósitos de seguridad nacional o
  • Para la investigación o enjuiciamiento de delitos criminales.
  • Esta política aplica a los familiares y tutores, además de usted.

¿Qué documentos recibirán los que califiquen?

Recibiría un permiso de trabajo y un documento indicando que su deportación no es prioritaria para el gobierno. El estatus duraría tres años y mientras la orden esté vigente sería renovable.

¿Si es un estatus temporal, implica algún riesgo?

La orden ejecutiva podría ser modificada por un futuro presidente o por una nueva ley del Congreso que la sustituya o la anule. Es raro que un presidente llegue a eliminar acciones ejecutivas de tan alto perfil y con un efecto tan claro en millones de personas.

¿Cuánto costará?

El costo de la solicitud será el mismo del actual programa DACA, $465 dólares más el costo de las huellas, que es de $85 dólares. También hay varios costos pequeños: fotos, envío, etc. y quizá una pequeña tarifa si recibe ayuda de una organización no lucrativa, o más si acude a un abogado.

Cortesía informativa:

 "La buena organización es aquella a través de la cual los que la integran realizan tareas superiores a las que individualmente parecían capaces de efectuar"

 Con mi abrazo fraterno,

ARNOBY BETANCOURT
ESCUELA COMUNITARIA DE DERECHOS HUMANOS DE TEXAS

3626 Almazán Drive, Dallas, Texas, 75220

ecddhhtexas@gmail.com

noby627@yahoo.com
http://planetaenvivo.com/hubs/ecdh/bitacora/

 

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Precisamente  este  miércoles  18  de  febrero  de  2015,  el  Departamento  de  Estado  deSeguridad de los Estados Unidos, iniciaba el proceso de inscripción de los seres humanos que recibirían,  transitoriamente  mientras  el  Congreso  cumple  su  deber  constitucional,alivios  migratorios  garantizados  por  los  derechos  fundamentales  consagrados  en  laConstitución  Federal  Estadounidense,  y  en  Tratados  Internacionales  de  DerechosHumanos suscritos por EE.UU.; pero el Juez Andrew Scout Hanen, nominado en el 2002por el entonces Presidente Bush y obviamente de orientación republicana; desde la CorteFederal  de  Brownsville,  Texas,  ordenó  paralizar  por  el  momento,  los  beneficios migratorios otorgados por el Gobierno mediante una Orden Ejecutiva.

Lo preocupante es que los argumentos expresados en la decisión judicial  parecen más de corte ideológico que jurídico, ya que transcribe en su decisión como lo más grave, que elDepartamento  de  Estado  no  llevo  a  comentario  público  el  cambio  en  esa  política migratoria, y que de no frenar las acciones ejecutivas se produciría un daño irreparable; yen el  proveído judicial se extiende en opiniones sobre la política migratoria de EE.UU.

Que coincidencia que la oposición republicana en el Congreso Estadounidense ha tratado también  de  manera  persistente  revertir  el  amparo  migratorio  para  millones  de  seres humanos,  presionando  mediante  el  retiro  de  fondos  del  Departamento  de  SeguridadNacional,  al  punto  que  este  Departamento  tan  vital  para  la  seguridad  de  todos  los estadounidenses y de la misma humanidad, es el único que no ha conseguido financiación hasta finales de año fiscal, sino que se quedara sin recursos a partir del 27 de Febrero, amenos que los republicanos que son las mayorías, permitan que el Congreso en pleno apruebe una nueva partida presupuestal.

¿No  será  mas  un  daño  irreparable  seguir   violentando  los  derechos  de  igualdad,  de oportunidad y de seguridad de millones de niños y niñas ciudadanos y ciudadanas deEstados Unidos de América a quienes les están coartando el elemental y básico derecho aun hogar que los proteja amorosamente en su formación y educación, como lo gozan y disfrutan los demás niños y niñas estadounidenses?

La  Constitución  Federal  tiene  escrito  con suma claridad  en  su  articulo  sexto.  Inciso segundo, que todos los jueces de la nación y de los Estados  tienen la obligación de acatarla Ley Suprema: LA CONSTITUCION NACIONAL.

Los cánones para quienes administran justicia enseñan que los jueces y magistrados hande vestir la siniestra toga negra, no como iracundos enemigos, sino con la serena frentede  la  ley;  un juez o magistrado  esta  obligado a inspirar  su  practica en un acervo deprincipios básicos universalmente  compartidos,  Constitucionalmente consagrados.  Así,pues, tiene derecho a ser el mismo, pero, como jurisdicente, por imperativo legal, solo dentro de esos limites.

La  imparcialidad  es  una  virtud  suprema  del  juez  o  magistrado,  y  esta  intima  y profundamente conectada con la ética, ya que sin ética jamás existirá imparcialidad, de tal  manera  que  la  ética  se  erige  como  principio  y  fin  primordial  de  la  actividad jurisdiccional.

El  juez  o  magistrado  debe  deliberar  sobre  el  problema  concreto,  sobre  el  conflicto sometido a su consideración, y una vez identificado el problema, el juez o magistrado debe saber cual es el bien que hay que preservar: ¿Será que la mezquindad política esta por encima de los seres humanos?

El juez o magistrado al impartir justicia, no se puede dejar dominar por la ira, el odio o por el coraje que puedan despertarle los hechos; por el contrario debe preservar la calma,la  serenidad  para  definir  con  más  objetividad,  y  tomar  la  decisión  más  adecuada  y ajustada a la Constitución y a la Ley.

Según  el  “American  Presidency  Project”  que  recopila  información  sobre  todos  los decretos  presidenciales,  el  Presidente  Barack  Obama  ha  firmado  hasta  ahora  193,situándose por abajo del ranking frente a sus directos antecesores como George W. Bushcon 291, Hill Clinton con 364, o Ronald Reagan con 381. Tanto George H.W. Bush comoRonald  Reagan,  también  usaron  órdenes  ejecutivas  para  ayudar  a  inmigrantesindocumentados.  El  Presidente  Franklin  Delano  Roosvelt,  por  circunstancias  muy similares a las del Presidente Obama, al tener que sacar a EE.UU. de graves depresiones socio-económicas,  echo mano a  esta  herramienta  legal,  Ordenes  Ejecutivas,  en  3552ocasiones.

Esta  herramienta administrativa siempre  ha sido  apreciada  por  el  Poder  Ejecutivo enEE.UU. para tomar medidas cuando no se tiene la aprobación del congreso, y ha sido practica común desde el primer Presidente George Washington; y es así como opera el famoso principio constitucional del Checks and Balances, que crea frenos y contrapesos disponiendo los medios por los cuales cada rama esta obligada a trabajar con las demás.No es ocultable, desde el inicio del primer gobierno de Barack Obama, la intencionalidad de no dejarlo gobernar, y ya son innumerables las acciones republicanas poniendo trabas desde  el  Congreso  estadounidense  a  las  tareas  del  ejecutivo en cumplimiento de  sus funciones; aun en repetidos casos, poniendo en alto riesgo la seguridad nacional, solo por odios raciales.

De nada sirve a los pueblos tener fuerza, riqueza y cultura si no tienen justicia.

ARNOBY BETANCOURT
Educador Comunitario
Escuela de Derechos Humanos de Texas

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La más reciente enseñanza sobre derechos fundamentales del ser humano la dio el Presidente de los Estados Unidos de América cuando emitió la Orden Ejecutiva decretando alivios migratorios a millones de inmigrantes, constituyéndose este acto de gobierno, en un trascendental e histórico legado de humanismo y de justicia social.

La lección que nos deja esta acción gubernamental es sumamente sencilla, basta con tener un corazón generoso para que las personas irradiemos acciones amorosamente humanas. Agustín de Hipona decía “Todo gobierno tiene por único objeto el bien de los gobernados”, y el filosofo enciclopedista franco-alemán Barón de Holbach habría dicho: “Un alma verdaderamente grande abraza en su cariño a todo el genero humano, y querría ver felices y dichosos a todos los seres humanos”.

Hoy en la conmemoración del Día Mundial de los Derechos Humanos deberíamos reflexionar profundamente sobre nuestras acciones, sobre nuestros comportamientos, y fundamentalmente, sobre las decisiones que tomamos. Si en cada uno de nosotros naciera una manifestación de generosidad y de respeto amoroso hacia todas las criaturas que habitamos este universo, tengan la absoluta seguridad, que el rumbo de la humanidad comenzara a ser diferente. 

En pleno siglo XXI la humanidad necesita que le enseñen a insertarse en la transformación de la realidad, a ser significantes en medio de las globalizaciones crecientes, y a comprender que la evolución del ser tiende a que seamos más sensibles y más respetuosos con nuestros congéneres.

Acaba de registrarse la marca de marihuana “Marley Natural” de la familia de Bob Marley, y como todos sabemos, aquí en EE.UU., es muy normal que en cualquier casa haya suficiente armamento como para borrar a una escuela del mapa, sin embargo,  nos escandalizamos porque se le trata con afecto y humanismo a inmigrantes que entregan su vitalidad y su emprendimiento a esta gran nación. Es una ironía que el negocio del encarcelamiento a inmigrantes de origen hispano y afrodescendientes sea precisamente, en mayor índice, por ilícitos de drogas y  de armas. Esta absurda pseudo realidad que subyace tras estas estadísticas haciéndonos creer que los malos son los otros, los mestizos, los afrodescendientes, los inmigrantes, todos presuntos delincuentes, debe y tiene que cambiar. Y como esta realidad hay muchas otras que debemos y tenemos que cambiar en la economía, en la educación, en la salud, en la agricultura, en la política, en el medio ambiente, etcétera. 

En resumen, no basta que sepamos, debemos aplicarlo; no es suficiente quererlo, se debe también hacerlo.

“Los derechos humanos son sus derechos. Tómenlos. Defiéndalos. Promuévanlos. Entiéndalos e Insistan en ellos. Nútranlos y Enriquézcanlos… Son lo mejor de nosotros. Denles vida” Kofi Annan. (Fue el séptimo Secretario General de la ONU).

ARNOBY BETANCOURT
TRABAJADOR POR LOS DERECHOS HUMANOS
ESCUELA COMUNITARIA DE DD.HH. DE TEXAS

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Haga «clic» aquí para ver la presentación interactiva en diapositivas.

Apreciada Hermandad Inmigrante

Una vez decretada por nuestro Presidente, Barack Obama, la Acción Ejecutiva que otorga beneficios humanitarios migratorios con base a normas constitucionales y administrativas migratorias, para aquellos inmigrantes que carecen de documentación estadounidense valida, podemos resumir, en que se ha dado el primer y grande paso  para iniciar la más trascendental acción inmigrante que  conmueva a los congresistas, primordialmente a los republicanos, para que promulguen una nueva ley de inmigración mas humana, mas justa y mas acorde con los preceptos constitucionales en donde a la familia  inmigrante y  cada uno de sus miembros, fundamentalmente los niños, se les reconozca también, el derecho a la protección de la sociedad y del gobierno federal estadounidense.

Cuando el Presidente de los Estados Unidos de América advirtió: “Se trata de lo que somos como país, y que queremos ser para las futuras generaciones”, señalaba con profundo humanismo, que no se puede seguir tratando con crueldad a esos niños estadounidenses por nacimiento, negándoles discriminadamente, el derecho natural a gozar de una familia que les garantice el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, creciendo en el seno familiar en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, como lo disfrutan en plenitud los demás niños estadounidenses.

Por ahora, la tarea será, despertar nuestras conciencias, convenciéndonos de que así como exigimos nuestros derechos, también tenemos deberes y obligaciones que cumplir. 

Con una acertada orientación podemos comenzar a preparar toda la evidencia documental posible que demuestre a plenitud que se esta amparado con los beneficios migratorios de la Acción Ejecutiva Humanitaria del Presidente de los Estados Unidos de América.

ARNOBY BETANCOURT
Escuela Comunitaria de Derechos Humanos, Dallas, TX.

“El amor es el ala veloz que Dios ha dado al alma para que vuele hasta el cielo”

 

Dallas, Texas, Noviembre 22, 2014

DECRETO PRESIDENCIAL DE BARACK OBAMA PARA EVITAR LA DEPORTACION DE MILLONES DE INMIGRANTES SIN AUTORIZACION LEGAL PARA ESTAR EN LOS EE.UU.

CAMBIA LA HISTORIA DEL INMIGRANTE AL HUMANIZAR LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE INMIGRACION PROTEGIENDO A LA FAMILIA Y A SUS MIEMBROS.

RESUMEN DE LA ACCION GUBERNATIVA DEL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

  • BENEFICIOS PARA PADRES Y MADRES. Protegerá de la deportación y hace elegibles para obtener permisos de trabajo, numero de seguro social, y licencia de conducción, según el Estado, a las personas que sin un estatus legal estadounidense, son padres de hijos nacidos en los EE.UU. o que tengan Residencia Legal Permanente Estadounidense, independientemente de que sean o no menores de edad. Estas situaciones deben haber ocurrido antes del pronunciamiento presidencial de Noviembre 20 de 2014. Igualmente, para que los padres sean elegibles tienen que haber vivido en EE.UU. por cinco años, o sea, que hayan entrado a los EE.UU. desde antes de Enero 1º de 2010; igualmente, no deben tener antecedentes criminales.
  • BENEFICIOS PARA AQUELLOS QUE INGRESARON ILEGALMENTE SIENDO  MENORES DE 16 ANOS DE EDAD Y QUE ESTUDIARON EN LOS EE.UU. Se ampliara el Programa de Acción Diferida conocido como “DACA” protegiendo a los menores de edad que entraron a los EE.UU., sin autorización legal, antes de Enero 1º de 2010, y no importara la edad que tengan en la actualidad. Hay que recordar, que antes el año limite para haber ingresado a EE.UU. era el 2007, y la edad para recibir el beneficio migratorio estaba limitada hasta los 30 años. El nuevo “DACA” se otorgara por un termino de 3 años, y no 2 años como antes. 
  • Bajara la prioridad de deportación a padres de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes que tengan al menos 5 anos en el país, y para otros que lleven más de 10 anos en los Estados Unidos de América.
  • También se acelerara y facilitara la forma como los extranjeros académicamente destacados podrán quedarse en los EE.UU.
  • ELIMINACION DEL PROGRAMA COMUNIDADES SEGURAS. Este programa permite entregar a las autoridades migratorias federales a personas detenidas por delitos a nivel local, prestándose para abusivos y arbitrarios procedimientos que vulneran el Debido Proceso establecido constitucionalmente y en todas las normas de procedimiento penal y policivo. Este programa será reemplazado por un nuevo programa que se llamara “ACCION POLICIAL PRIORITARIA”, el cual fijara distintos niveles de prioridad basados en el tipo de conducta por la cual es detenida una persona inmigrante.
  • FLEXIBILIZA LAS EXENCIONES PARA QUIENES TRAMITAN RESIDENCIA PERMANENTE. A partir de las nuevas normas reguladoras los requisitos para personas que solicitan Residencia Permanente en los EE.UU., tendrán un programa de exenciones muy flexible. 
  • UNA NUEVA REGULACION ESTABLECERA PRIORIDAD PARA DEPORTACIONES, para personas que ponen en peligro la Seguridad Nacional y la Seguridad Publica. La nueva prioridad es la deportación de cualquier sospechoso de terrorismo, criminales, violentos, miembros de pandillas, y a aquellos que hayan cruzado la frontera recientemente.
  • EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD INTERNA, expandirá las regulaciones existentes para dar alivio a los cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses que se quieran inscribir en el Ejército, consistente con una solicitud del Departamento de Defensa.
  • SEGURIDAD FRONTERIZA E INCREMENTO SALARIAL. Se asignaran más recursos para la seguridad de la frontera con México, y  se aumentaran los salarios de los Agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, quienes desempeñaran un papel más importante. Serán igualados salarialmente a los de los que ganan los efectivos de Agencias Federales como el FBI.
  • Se llevaran a cabo otros cambios de inmigración necesarios para las empresas, como un programa de libertad bajo palabra que podría beneficiar a cientos trabajadores inmigrantes.
  • LAS MEDIDAS DE LA ORDEN EJECUTIVA O DECRETO PRESIDENCIAL DE BARACK OBAMA, no permiten la naturalización, ni dan derecho a permanecer en los EE.UU. de manera indefinida, ni conceden los beneficios que los ciudadanos estadounidenses reciben, ya que solo el Congreso de los Estados Unidos de América podrá hacerlo.
  • QUIENES RESULTEN AMPARADOS POR LAS RECIENTES MEDIDAS MIGRATORIAS, podrán optar por permisos de trabajo renovables, por lo que deberán pagar impuestos sobre los ingresos que perciban.
  • Las personas amparadas por las medidas Decretadas Por El Presidente de Los Estados Unidos de América, y que se encuentren en tramite de deportación, PODRAN SOLICITAR LA CANCELACION TEMPORAL DE LA ORDEN DE DEPORTACION, y podrán tramitar la obtención de Permisos de Trabajo con vigencia de tres años si proporcionan toda su información, presentan sus datos biométricos, y se confirmara que no tengan antecedentes criminales, y que paguen impuestos.
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